¿Qué hago si me demandaron?
Autor: Francisco Acuña G.
Abogado.
La gente suele ignorar que hacer si recibe una demanda. Es por ello que este artículo se centrará en explicar que hago si me demandan. ¿Qué postura debo tomar?, ¿Qué es lo primero que debo hacer si me demandan?.
Abogados del Maule asesora jurídicamente en causas laborales, civiles, de familia y de deudas y cumplimientos de contrato.
Me demandaron.
¿Qué debo hacer si me demandan?
Si interponen una demanda en su contra, la reacción más importante es actuar rápido, acudiendo lo más pronto posible donde un abogado para que pueda preparar una buena defensa que proteja tus intereses personales e incluso a veces familiares.
Normalmente no sabemos que estamos demandados sino cuando llega una persona a nuestro domicilio a entregarnos unas hojas que provienen de un tribunal, y si no se nos entregan las dejan en nuestro antejardín o conserjería del edificio donde vivimos. Estas hojas contienen lo que llamamos demanda y si no actuamos rápidamente puede resultar perjudicial para nuestra defensa.
Una vez que ha llegado algún papel, en el que conste un timbre de un tribunal, entregado por una persona en forma personal en nuestro domicilio o bien la encontremos en el jardín, bajo la puerta o en la conserjería, debemos preocuparnos.
Si llega una demanda a su hogar antes que nada, hay que leerla en su partes más importantes, para averiguar los plazos involucrados, como el procedimiento legal aplicable.
En la parte superior de la demanda, se señala el juzgado, comuna o ciudad en el cual está la causa, y tiene además, indicado el rol o rit que se le asignó, también se indica el apellido de las personas que se vinculan al proceso. Ejemplo “Carcamo con Arancibia”. En este caso Arancibia es el demandado y Carcamo el demandante.
¿Qué debo hacer luego de ver el tribunal en que me demandaron?
Una vez determinado por una rápida lectura cual es juzgado y la comuna o ciudad de éste; la caratula; el rol; el tipo procedimiento y la fecha de la notificación, Ud está en condiciones de tomar sus primeras decisiones.
Para ver el procedimiento:
– Si es ordinario, tiene 18 días hábiles para defenderse, contestando la demanda y contratando un abogado.
– Si es procedimiento sumario, deberá concurrir a un comparendo en la fecha y hora que se señala. Usualmente son 5 días a contar de la fecha de la notificación.
– Si es procedimiento ejecutivo (cobro de pagaré, cheque, letra de cambio, u otra deuda que conste en un título ejecutivo), tiene 4 días para oponer excepciones a la ejecución.
– Si es juicio ante Juzgado de familia, normalmente se señala una fecha fija y la hora y hay que atenerse ella (usualmente se deben realizar actuaciones antes de la audiencia, asísque es recomendable buscar rápidamente abogado).
– Si es un juicio ante Juzgado de Policía Local, también se señala expresamente la fecha de comparendo, pero con la diferencia que en dicha audiencia, se contesta la demanda, se llama a conciliación y si no se produce, se rinde prueba en el mismo acto.
No olvide que los plazos judiciales son de días enteros, lo que quiere decir que la cuenta de los días de plazo se inicia desde el día siguiente y la diligencia se lleva a cabo el día que termina dicho cálculo.
Tampoco se debe olvidar que la fecha de comparendo está compuesta de dos partes: día y hora. No llegar a la hora significa la pérdida del plazo.
¿Qué hago si recibo una demanda?
La recomendación es acudir a consultar a un abogado en forma inmediata sin dejar pasar tiempo desde que llego a tus manos la demanda, esta reacción te beneficiará ya que el abogado tendrá tiempo para preparar tu defensa y solicitar todos los antecedentes necesarios para hacerlo.
La reacción más importante frente a una demanda es actuar rápido, acudiendo lo más pronto posible donde un abogado para que pueda preparar una buena defensa que proteja tus intereses personales e incluso a veces familiares.
Usted debe tener en cuenta que lademandaes un escrito que pone en movimiento a los tribunales, en orden a solucionar el conflicto planteado por la parte contraria. Este movimiento podrá terminar:
Por sentencia de término, por abandono del procedimiento, por desistimiento, por avenimiento o conciliación e incluso por aceptación de la demanda.
Una vez que la demanda se ha tramitado completamente y la parte contraria tiene en su poder la sentencia que lo favorece, o avenimiento o conciliación, puede pedir el cumplimiento de la sentencia, lo que normalmente significa pagar el contenido de la sentencia.
¿Cómo me defiendo de una demanda?
Si te notifican de una demanda en tu contra, puede ser una situación traumante y compleja. En primer lugar, no se limite a ignorar la demanda.
Contestar la demanda es el primer y más importante paso en el juicio. Si no ofrece una respuesta oportuna, la persona que presentó la demanda contra usted puede ganar el juicio y usted ser condenado a lo que solicitan.
En general, las demandas sólo se pueden contestar con abogado. Es el abogado que contrates el que debe armar tu defensa explicando al tribunal tu postura. Es ideal siempre contratar un abogado especializado en el área en que te demandaron.
Consultas qué hacer si me demandaron
Si te notifican de una demanda, busca rápidamente un abogado. Hay algunas en que el plazo de defensa no es superior a 4 días.
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