Enfermedades profesionales
Se entiende por enfermedades profesionales la causada directamente por el ejercicio de una profesión o el trabajo realizado por una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
Conforme a lo dispuesto por la Ley 16.744 vigente desde 1968, todos los trabajadores están protegidos en caso de accidente del trabajo, de trayecto o enfermedad profesional. Esta protección incluye la atención del trabajador hasta su recuperación total y una serie de subsidios, indemnizaciones o pensiones, según sea el caso. Estos beneficios se entregan a través de la Mutual a que esté afiliada la Empresa o, a través, de los servicios estatales de salud si no está afiliada a ninguna Mutual.
![]()

![]()
Click para desplegar formulario de contacto ![]()
|
|---|
Servicios
Derecho de Familia
Divorcio
Divorcio Unilateral
Divorcio de Común acuerdo
Divorcio por Culpa
Compensación Económica.
Notificación de cese de la convivencia
Separación judicial.
Pensión alimenticia.
Rebaja / Aumento Pensión de Alimentos
Deuda de pensión alimenticia.
Cese de alimentos
Declaración de bien familiar
Cuidado personal (Tuición)
Relación directa y regular (Visitas).
Derecho Civil
Derecho de Herencias
Derecho del Trabajo
Despidos
Despidos Injustificados
Despido Indirecto o autodespido.
Despido de nulidad del despido
Cobro de remuneraciones y prestaciones adeudadas.
Término del contrato de trabajo
Indemnizaciones por despido.
Indemnización por años de servicio.
Indemnizaciones sustitutiva del aviso previo.
Indemnizaciones por feriado anual o proporcional.
Acoso Laboral.
Acoso Sexual.
Demandas de desafuero Maternal.
Accidentes del Trabajo.
Enfermedades profesionales.
Subcontratación.
Prescripción de derechos Laborales.
Procedimiento de tutela laboral por infracción a derechos fundamentales.
Audiencias ante la inspección del trabajo.
enfermedades profesionales


