Constitucion empresa individual de responsabilidad limitada
Abogados del Maule presta asesoría jurídica a aquellos emprendedores que quieran iniciar sus negocios con la constitución de una sociedad.
También prestamos asesoría a aquellos que quieran realizar el trámite de Inicio de Actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
También prestamos asesoría en la modificación de una sociedad existente y en la liquidación de las mismas, así como en la elección del tipo social adecuado para sus necesidades.
En Abogados del Maule constituimos todo tipo de sociedades: Sociedades de Responsabilidad Limitada, Sociedades Anónimas, Empresa individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), Sociedad por acciones, entre otras.
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Empresa individual de responsabilidad limitada:
La Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) es una persona jurídica, formada exclusivamente por una persona, con patrimonio propio y distinto al del titular, que realizan actividades de carácter netamente comercial (no de actividades de segunda categoría). Las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada están sometidas a las normas del Código de Comercio, cualquiera sea su objeto, pudiendo realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, excepto las reservadas por la ley a las Sociedades Anónimas,
Antiguamente ocurría que obligatoriamente para constituir una sociedad se requerían como mínimo dos personas, porque la sociedad es un contrato y en todo contrato deben haber dos partes. Ante esta situación al empresario que decidía abrir su negocio propio no le quedaba otra opción que formar una sociedad "falsa" con familiares o con gente de confianza para "engañar al sistema" y de esta forma lograr la separación de patrimonios tan anhelada. Sin embargo, actualmente existen las EIRL que permiten a una persona iniciar un negocio de manera individual, pero a través de una entidad o persona legal distinta. La EIRL es una persona jurídica con rut y patrimonio propio, donde la responsabilidad es limitada, lo que permite al dueño resguardar su patrimonio personal y sólo responder hasta el capital aportado a la empresa.
Antecedentes requeridos para la constitucion de su sociedad:
Nombre completo, Rut, nacionalidad, estado civil, domicilio, profesión y porcentaje de participación de cada uno de los socios.
Socio, socios o terceros que tendrán poder de administración. En el evento que sean varios, si la administración será conjunta o separada.
Ciudad en que la sociedad tendrá su oficina principal.
Capital inicial de la sociedad, forma y plazo en que se aporta por cada socio.
Nombre de la sociedad (razón social) y giro al que se dedicará (objeto social).
Número de directores, de acciones y nombre de los integrantes del directorio provisorio (sólo S.A. y SpA con directorio).
Si la sociedad será abierta o cerrada (sólo S.A).
Nombre del administrador provisorio (SpA sin directorio).
En caso de disolución, transformación y modificación de sociedades y para constitución de corporaciones, fundaciones, cooperativas, ONG's, centros de padres y otras personas jurídicas, antecedentes adicionales requeridos.
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Enlaces relacionados: Modificación de una Sociedad - Sociedad de Responsabilidad Limitada - Sociedad Anónima - Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - Sociedad Por Acciones.
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